El Servicio de Impuestos Internos (SII) anunció una nueva resolución que obliga al comercio a emitir boletas electrónicas impresas en cada transacción.
Según indició la entidad, la normativa, contemplada en la Resolución N°12 del 17 de enero pasado, busca fortalecer el cumplimiento tributario en materia del IVA y avanzar en la lucha contra la evasión fiscal.
De esta forma, quienes reciban pagos con dinero en efectivo o transferencia bancaria “deberán entregar obligatoriamente la representación impresa de la boleta electrónica”.
En tanto, quienes reciben pagos con tarjetas, de débito, crédito u otro tipo de medios de pago electrónicos, “deberán entregar la representación impresa de la boleta electrónica emitida y/o el comprobante de pago (voucher), dependiendo de su modelo de emisión de documentos”.
Asimismo, desde el SII indicaron que “el envío de la representación virtual del documento por medios electrónicos (WhatsApp, correo electrónico u otro) será una opción adicional, que seguirá disponible, pero que no reemplaza la obligatoriedad de entregar la boleta impresa”.
Junto a ello, la entidad especificó que quienes no tengan una máquina (como lo puede ser una POS) para imprimir boletas, “tendrán plazo hasta el 1 de marzo de 2026 para dar cumplimiento a las obligaciones”.
¿Desde cuándo el comercio deberá entregar obligatoriamente boletas impresas?
El SII indicó que esta resolución es obligatoria desde el próximo 1 de mayo de 2025.
“Ten presente que a partir del 1 de mayo de este año, los comercios deberán entregarte una copia impresa de la boleta electrónica o voucher asociado a compras presenciales”, infromaron desde el SII en sus redes sociales.
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