Como sabemos, Día de Muertos es una de las festividades que distinguen a México en el mundo por la manera de ver a los difuntos y de rendirles un auténtico homenaje.
Las ofrendas o altares, las flores de cempasúchil, el pan de muerto, las calaveritas de azúcar, el papel picado y muchos otros elementos típicos inundan a México para celebrar la época.
Y como toda gran festividad, muchos se preguntarán si se trata de una que amerite otorgarle algún tipo de asueto con pago triple por trabajar, o si no se considera como tal.
Por ello, te contamos cuál es la información oficial y qué es lo que dice al respecto la Ley Federal del Trabajo (LFT), la encargada de especificar qué es lo que se hace en este tipo de casos.
¿El 2 de noviembre es de descanso obligatorio?
Las festividades de Día de Muertos inician desde finales de octubre y se extienden hasta el 2 de noviembre; durante estas fechas, se rindo homenaje a los fallecidos de maneras trágicas, las mascotas, los niños y el último día es dedicado para todos los adultos, por lo cual se suele reconocer éste como el principal Día de Muertos.
De esta manera, las personas que tienen que laborar el próximo sábado se preguntan si tendrán derecho a un descanso obligatorio o si, por el contrario, serán acreedores a un pago triple por su jornada laboral.
Sin embargo, la LFT no considera al Día de Muertos como uno que amerite un descanso obligatorio, por lo cual todos los trabajadores en estas fechas deberán prestas sus servicios con normalidad y sin recibir un pago adicional.
¿Cuáles son los días de descanso obligatorio?
De acuerdo con la LFT, estos son los días de descanso obligatorio:
- El primer día de enero
- El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero (Día de la Constitución)
- El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo (Natalicio de Bento Juárez García)
- El 1o. de mayo (Día del Trabajo)
- El 16 de septiembre (Día de la Independencia de México)
- El 1o. de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
- El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre (Día de la Revolución de México)
- El 25 de diciembre (Navidad)